Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para que una sociedad civil sea contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, debe poseer personalidad jurídica fiscal y objeto mercantil. El objeto mercantil exige realizar actividades de producción, intercambio o servicios en un sector no excluido. La actividad pesquera se considera ajena al ámbito mercantil, lo que impide que las sociedades civiles dedicadas exclusivamente a ella tributen por este impuesto.
La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. Desde 2015, la Administración sostiene que la actividad pesquera está excluida del ámbito mercantil, impidiendo la concurrencia de los requisitos necesarios para la tributación en el Impuesto sobre Sociedades por parte de sociedades civiles.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 1 de octubre de 2026.