La Orden IGD/392/2026 modifica los artículos 3.1, 5.1, 7.2, 8 y 9.2 de la Orden IGD/183/2024, estableciendo nuevos requisitos para la documentación de las solicitudes de subvenciones dirigidas a proyectos de apoyo a mujeres y niñas víctimas de trata. Se exige ahora una mayor claridad en la presentación de la documentación asistencial y en la demostración de la discapacidad o condición de menor de edad. Este cambio busca mejorar la transparencia y la evaluación de las solicitudes, aunque puede generar un mayor esfuerzo administrativo para los solicitantes.
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Para las organizaciones no gubernamentales y proyectos de apoyo a víctimas de trata, se requiere una documentación más detallada y estructurada, lo que puede aumentar el tiempo y esfuerzo en la preparación de solicitudes. Los asesores deben revisar los nuevos requisitos para garantizar la conformidad. Las administraciones públicas podrán evaluar con mayor precisión, pero el proceso puede retrasarse si no se cumplen los nuevos criterios.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y ajustar la documentación de solicitud para cumplir con los nuevos requisitos de claridad en la asistencia y condiciones de discapacidad o menor de edad | art. 3.1, 5.1, 7.2, 8 y 9.2 |
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