El Real Decreto 327/2026 modifica el artículo 9.2 del RD 317/2025, estableciendo un plazo de 30 días para que las entidades de referencia en comunicaciones cuánticas adapten su solicitud de subvención al nuevo régimen de concesión directa. Este cambio busca mejorar la transparencia y eficiencia en la gestión de subvenciones por parte del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, alineándose con el componente 16 de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial. La modificación se basa en el artículo 67 del Reglamento 887/2006 y el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003.
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Para entidades de referencia en comunicaciones cuánticas, se impone un plazo de 30 días para ajustar sus solicitudes de subvención, lo que requiere una revisión interna de los documentos presentados. Las administraciones públicas obtienen mayor control y trazabilidad en el proceso. Los asesores especializados en subvenciones deben verificar que las solicitudes cumplan con los nuevos requisitos establecidos en el artículo 9.2. El sector de investigación científica y tecnológica en telecomunicaciones debe adaptar sus procesos de solicitud para mantener la participación en el programa financiado por Next Generation EU.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y adaptar solicitudes de subvención según el nuevo artículo 9.2 del RD 317/2025 | art. 9.2 del RD 317/2025 | 30 días desde la entrada en vigor |
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