El Acuerdo de modificación del Convenio Colectivo del Grupo Carrefour añade un nuevo artículo (44 bis) y modifica el artículo 46, así como las disposiciones adicionales 1 y transitoria 2, respecto al Convenio publicado el 5 de junio de 2023. Estos cambios afectan a las condiciones de jornada y trabajo en establecimientos comerciales del grupo. Las empresas deben adaptar sus prácticas laborales dentro de un plazo de tres meses desde la publicación de la resolución (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015, y Real Decreto 713/2010).
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Para las empresas del Grupo Carrefour, se deben actualizar las condiciones de jornada y trabajo conforme a los nuevos artículos. Los trabajadores podrían ver modificadas sus horas y condiciones laborales. Los asesores y RRHH deben revisar los nuevos términos para garantizar el cumplimiento del nuevo convenio. Las administraciones locales deben verificar la aplicación del nuevo texto en los centros comerciales del grupo.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y aplicar los cambios en jornada y condiciones de trabajo según el nuevo convenio | art. 44 bis, art. 46, disposiciones adicionales 1 y transitoria 2 | 3 meses desde la publicación |
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