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BOE-A-2026-7444 ·2 de abril de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Subvenciones

Organismos de protección civil en Extremadura, Valenciana y Madrid: 3 meses para adaptar sus proyectos de 5G a nuevas condiciones de subvención

El Real Decreto 266/2026 modifica el artículo 13.5 del RD 960/2022, alineando las condiciones de subvención para servicios de 5G en emergencias con normativas europeas y nacionales, como el Reglamento (UE) 2021/241 y la Ley 38/2003. Este cambio exige una revisión de los proyectos existentes para garantizar cumplimiento en seguridad y defensa de telecomunicaciones.

En 2 claves

  1. Organismos de protección civil deben adaptar sus proyectos de 5G en 3 meses (art. 13.5 del RD 960/2022)
  2. Se alinea con el Reglamento (UE) 2021/241 sobre seguridad y defensa de telecomunicaciones (Cita Reglamento (UE) 2021/241)

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Cómo afecta a los implicados

Los organismos públicos de protección civil en Extremadura, Valenciana y Madrid deben revisar sus proyectos de 5G para cumplir con las nuevas condiciones de subvención. Los responsables de gestión de emergencias enfrentan un plazo de 3 meses para adaptar sus propuestas. Los asesores de subvenciones deben verificar el cumplimiento de los requisitos de seguridad y defensa de telecomunicaciones establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Revisar y adaptar proyectos de 5G para emergencias según el artículo 13.5 del RD 960/2022 art. 13.5 del RD 960/2022

Línea de vida

2026-04-02PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-03Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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