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BOE-A-2026-6734 ·23 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del Grupo Carrefour: 3 meses para actualizar salarios según nuevas tablas del 2026

La Resolución de 11 de marzo de 2026 publica las nuevas tablas salariales para el año 2026 del Convenio colectivo del Grupo Carrefour, estableciendo un plazo de tres meses para su aplicación. Este cambio afecta directamente a los trabajadores y empresas del grupo, quienes deben ajustar sus salarios conforme a las nuevas tablas previstas en el convenio colectivo. La actualización se realiza bajo el marco legal del Real Decreto Legislativo 2/2015, artículos 90.2 y 3, y se vincula con el Real Decreto 713/2010 y la Resolución de 5 de junio de 2023.

En 2 claves

  1. Las empresas del Grupo Carrefour deben ajustar salarios según tablas del 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Plazo de tres meses para aplicar las nuevas tablas salariales (Resolución de 11 de marzo de 2026)

A quién afecta

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  • Empresas del Grupo Carrefour
  • Trabajadores en establecimientos comerciales

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  • Autónomos vinculados al Grupo Carrefour

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  • Empresas del Grupo Carrefour con más de 250 trabajadores

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del Grupo Carrefour deben actualizar los salarios de sus trabajadores en el plazo establecido, lo que implica un gasto adicional en costes laborales. Los trabajadores reciben un aumento salarial conforme a las nuevas tablas, lo que mejora su salario real. Los asesores laborales deben verificar la aplicación de las nuevas tablas en los contratos y acuerdos colectivos. Las administraciones públicas que supervisan el cumplimiento del convenio deben revisar el cumplimiento de las nuevas condiciones salariales.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar salarios de trabajadores según las nuevas tablas del 2026 art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 3 meses desde la publicación

Línea de vida

2026-03-23PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-23Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 11 de marzo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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