La Dirección General de Trabajo registra y publica el XXIII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora SU, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. Este documento establece condiciones laborales específicas para el personal de tierra de la empresa, que ahora están disponibles públicamente y pueden ser consultados por los trabajadores y las organizaciones sindicales.
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art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
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Los trabajadores de Iberia Líneas Aéreas de España, en el sector de personal de tierra, pueden acceder a las condiciones laborales establecidas en el nuevo convenio colectivo. Las organizaciones sindicales podrán utilizar el texto para negociar o defender los derechos de sus miembros. Las administraciones y los asesores laborales deben actualizar sus bases de datos y referencias sobre convenios colectivos aplicables a esta empresa.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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