Skip to content
Back to index
V5112-26 3 July 2026 · SG de Fiscalidad Internacional Criterion in force
IRNR · rentas del trabajo

No retention obligation in Spain for Saudi workers serving in Spain

A Spanish company asks about taxation and retention of workers from a Saudi parent company providing services in Spain. The DGT states that if the Convention requirements are met, tax jurisdiction lies with Saudi Arabia and the Spanish company has no retention obligation.

The question raised

Cuestión planteada Se plantea la tributación aplicable a las rentas del trabajo derivadas de los servicios prestados temporalmente en España por dichos trabajadores, en relación con:

The DGT's ruling

Según el artículo 15 del Convenio entre España y Arabia Saudí, las rentas del trabajo solo tributan en España si el empleo se ejerce aquí, salvo que se cumplan tres condiciones: estancia menor a 183 días, pago por un empleador no residente y que las rentas no las soporte un establecimiento permanente en España. Si la empresa española no es el verdadero empleador de los trabajadores, no existe obligación de retener en España. No obstante, si la realidad de los hechos indicara que la empresa española es el verdadero empleador, la excepción del convenio no aplicaría y las rentas podrían tributar en España.

Email
Contact