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V2109-14 1 August 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterion in force
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Requirements for exemption from foreign work earnings

A Spanish company asked whether its employees working abroad may benefit from exemption under letter p) of article 7 of the LIRPF. The DGT responds that this is possible if the work is carried out for a non-resident entity or a permanent establishment, group services rules are met, and the destination country is not a tax haven.

The question raised

Aplicación de la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre los rendimientos del trabajo satisfechos por la consultante a sus empleados desplazados al extranjero.

The DGT's ruling

Para aplicar la exención del artículo 7.p) de la LIRPF, los trabajos deben realizarse efectivamente en el extranjero para una entidad no residente o establecimiento permanente. Si la entidad es vinculada, el servicio debe producir una ventaja o utilidad a la entidad no residente según el artículo 16.5 del TRLIS. Además, el país de destino debe tener un impuesto análogo y no ser paraíso fiscal. La exención tiene un límite de 60.100 euros anuales y es incompatible con el régimen de excesos excluidos.

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