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V1824-16 25 April 2016 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Criterion in force
IRPF · rendimientos del trabajo

Reductions for collective insurance benefits and pension plans may be applied independently

The inquirer asks whether applying the 40% reduction to a collective insurance benefit prevents its application to a pension plan benefit, and whether contributions to the plan can continue after retirement. The DGT rules that both transitional regimes are independent and that contributions may be made after retirement under certain conditions.

The question raised

Cuestión planteada Tratamiento fiscal de la prestación que perciba del seguro colectivo. En concreto, si la aplicación de la reducción del 40 por ciento a dicha prestación condiciona la aplicación de la reducción a la prestación que perciba del plan de pensiones. Posibilidad de seguir realizando aportaciones al plan de pensiones.

The DGT's ruling

La aplicación de la reducción del 40% a la prestación de un seguro colectivo no impide aplicar la reducción del 40% a la prestación de un plan de pensiones en otro periodo impositivo, siempre que se cumplan los requisitos de cada régimen transitorio. Las prestaciones de ambos tipos se consideran rendimientos del trabajo. Tras la jubilación, se pueden realizar aportaciones al plan de pensiones, pero si ya se ha iniciado el cobro de la prestación, las aportaciones solo pueden destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia.

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