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V0631-15 20 February 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterion in force
IRPF · exención

Exemption from IRPF for foreign work possible if final beneficiary is a non-resident entity

A company asked whether its workers could claim exemption for work carried out abroad when the contract is signed with a Spanish company but the final beneficiary is a non-resident entity in Saudi Arabia. The DGT confirms that the exemption is possible if the legal requirements are met.

The question raised

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas considerando que, aunque el contrato de sub-consultoría se ha firmado con una sociedad residente en España, a la que se facturan los servicios, la beneficiaria última de los trabajos es una entidad no residente.

The DGT's ruling

Para aplicar la exención del artículo 7.p) de la LIRPF, los trabajos deben realizarse para una entidad no residente o un establecimiento permanente en el extranjero. Se considera cumplido este requisito cuando la entidad no residente es la beneficiaria o destinataria última de los servicios prestados. Asimismo, debe cumplirse que en el país donde se realizan los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga y no sea un paraíso fiscal.

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