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Radiation Fiscale Francia → España 2026: Procedimiento DGFiP, SIPNR y Establecimiento de Residencia Fiscal Española

La radiation fiscale (baja fiscal en Francia) es el trámite más infravalorado del traslado France-España. Miles de franceses instalados en España siguen presentando declaraciones en Francia, pagando CSG/CRDS sobre sus rentas de patrimonio, o permanecen inscritos en el sistema tributario francés cuando su residencia habitual ya está en España. El Art. 4B del Code Général des Impôts (CGI) considera domiciliado en Francia a quien tenga allí su foyer (familia) o lugar de estancia principal — si tu familia sigue en Francia o conservas allí tu vivienda principal, la DGFiP puede mantener tu sujeción fiscal completa a pesar de tu NIE español.

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Asesoramiento especializado y trato personal

BMC pilota la radiation fiscale de principio a fin: análisis del domicilio fiscal según el Art. 4B CGI y el Art. 4 del Convenio 1995, preparación del expediente de salida DGFiP (CERFA 2042), transferencia del expediente al Service des impôts des particuliers non-résidents (SIPNR de Noisy-le-Grand), y establecimiento simultáneo de la residencia fiscal española (Modelo 030, empadronamiento, primer IRPF o Beckham). Coordinamos ambas administraciones para evitar la doble imposición en el año del traslado.

  • La radiation fiscale francesa es la baja oficial del sistema fiscal de la DGFiP — sin realizarla correctamente se sigue siendo residente fiscal en Francia y se arriesga doble imposición.

  • El procedimiento incluye una declaración de cierre (CERFA 2042) por los ingresos del 1 de enero a la fecha de salida y la transferencia del expediente al SIPNR (Service des impôts des particuliers non-résidents, TSA 10010, 93465 Noisy-le-Grand Cedex).

  • El Art. 4B CGI define el domicilio fiscal en Francia por cuatro criterios alternativos

    foyer (domicilio familiar), séjour principal (>183 días), actividad profesional principal, o centro de intereses económicos. Con uno basta.

  • El Convenio France-Espagne 1995 (Art. 4) resuelve los conflictos de doble residencia mediante tie-breakers

    vivienda permanente, centro de intereses vitales, estancia habitual, nacionalidad.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al cierre del expediente

  1. Análisis del domicilio fiscal según Art. 4B CGI

    Analizamos cada criterio: ¿dónde está el foyer (familia, vivienda principal)? ¿Has estado >183 días en Francia? ¿Dónde está tu actividad profesional principal? ¿Dónde está el centro de intereses económicos (inversiones, inmuebles, empresa)? Si hay conflicto con España, aplicamos los tie-breakers del Convenio 1995 (Art. 4).

  2. Preparación de la declaración de cierre CERFA 2042

    En el año del traslado, preparamos la declaración CERFA 2042 por los ingresos del 1 de enero a la fecha de traslado del domicilio. Se incluye la nueva dirección española y la solicitud de transferencia al SIPNR.

  3. Transferencia al SIPNR y seguimiento

    Después de la transferencia al SIPNR (Noisy-le-Grand), gestionamos tus obligaciones fiscales francesas residuales: rentas de alquiler de inmuebles franceses (formularios 2044), dividendos e intereses (reducción de retención via formulario 5000), correspondencia SIPNR.

  4. Establecimiento simultáneo de la residencia fiscal española

    En paralelo a la radiation fiscale: certificado de empadronamiento, Modelo 030 ante la AEAT, análisis de la Ley Beckham (Modelo 149 en 6 meses), primera declaración IRPF para el año del traslado.

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El problema

La radiation fiscale (baja fiscal en Francia) es el trámite más infravalorado del traslado France-España. Miles de franceses instalados en España siguen presentando declaraciones en Francia, pagando CSG/CRDS sobre sus rentas de patrimonio, o permanecen inscritos en el sistema tributario francés cuando su residencia habitual ya está en España. El Art. 4B del Code Général des Impôts (CGI) considera domiciliado en Francia a quien tenga allí su foyer (familia) o lugar de estancia principal — si tu familia sigue en Francia o conservas allí tu vivienda principal, la DGFiP puede mantener tu sujeción fiscal completa a pesar de tu NIE español.

Nuestra solución

BMC pilota la radiation fiscale de principio a fin: análisis del domicilio fiscal según el Art. 4B CGI y el Art. 4 del Convenio 1995, preparación del expediente de salida DGFiP (CERFA 2042), transferencia del expediente al Service des impôts des particuliers non-résidents (SIPNR de Noisy-le-Grand), y establecimiento simultáneo de la residencia fiscal española (Modelo 030, empadronamiento, primer IRPF o Beckham). Coordinamos ambas administraciones para evitar la doble imposición en el año del traslado.

Proceso

Como lo hacemos

1

Análisis del domicilio fiscal según Art. 4B CGI

Analizamos cada criterio: ¿dónde está el foyer (familia, vivienda principal)? ¿Has estado >183 días en Francia? ¿Dónde está tu actividad profesional principal? ¿Dónde está el centro de intereses económicos (inversiones, inmuebles, empresa)? Si hay conflicto con España, aplicamos los tie-breakers del Convenio 1995 (Art. 4).

2

Preparación de la declaración de cierre CERFA 2042

En el año del traslado, preparamos la declaración CERFA 2042 por los ingresos del 1 de enero a la fecha de traslado del domicilio. Se incluye la nueva dirección española y la solicitud de transferencia al SIPNR.

3

Transferencia al SIPNR y seguimiento

Después de la transferencia al SIPNR (Noisy-le-Grand), gestionamos tus obligaciones fiscales francesas residuales: rentas de alquiler de inmuebles franceses (formularios 2044), dividendos e intereses (reducción de retención via formulario 5000), correspondencia SIPNR.

4

Establecimiento simultáneo de la residencia fiscal española

En paralelo a la radiation fiscale: certificado de empadronamiento, Modelo 030 ante la AEAT, análisis de la Ley Beckham (Modelo 149 en 6 meses), primera declaración IRPF para el año del traslado.

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Modelo 720 y optimización CSG/CRDS

Modelo 720 para todos los activos franceses >50.000€ por categoría hasta el 31 de marzo N+1. Análisis de la situación CSG/CRDS: si estás afiliado a la Seguridad Social española (como autónomo o asalariado), solicitamos ante el SIPNR la excepción De Ruyter (CSG/CRDS 17,2% → 7,5% Prélèvement de Solidarité).

17,2 %
Tasa CSG/CRDS sobre rentas inmobiliarias francesas (no residentes, sin excepción De Ruyter)
7,5 %
Prélèvement de Solidarité — tipo reducido para afiliados a Seguridad Social UE/EEE
Art. 4B
Artículo clave CGI que define el domicilio fiscal francés — cuatro criterios alternativos
4 años
Plazo de prescripción para inspección DGFiP sobre domicilio fiscal tras la salida

La Radiation Fiscale: El Trámite que Muchos Franceses Ignoran

Cada año, varios miles de franceses se instalan en España con NIE válido, empadronamiento activo y cuenta bancaria española — pero siguen siendo administrativamente domiciliados en Francia a ojos de la DGFiP. Esta situación, frecuentemente involuntaria, genera consecuencias fiscales severas: doble imposición parcial, sanciones por declaración tardía en Francia, tributación de rentas de patrimonio español en Francia, e incluso inspecciones que abarcan varios años.

La radiation fiscale no es un simple trámite de salida: es un procedimiento jurídicamente estructurado, encuadrado en el Art. 4B del CGI y en el Convenio France-Espagne del 10 de octubre de 1995.


Art. 4B CGI: Los Cuatro Criterios del Domicilio Fiscal Francés

El Art. 4B define cuatro criterios alternativos de domicilio fiscal en Francia. Con que uno se cumpla, la DGFiP considera que eres domiciliado fiscal en Francia:

Criterio 1: El Foyer Familiar El foyer es el lugar donde vives normalmente con tu familia (cónyuge, hijos). Si tu cónyuge e hijos se quedan en Francia mientras trabajas en España, tu foyer está en Francia — aunque pases más de 183 días en España. Es el criterio más peligroso para familias en transición progresiva.

Criterio 2: Lugar de Estancia Principal A falta de foyer, el Estado donde pasas >183 días al año.

Criterio 3: Actividad Profesional Principal Si ejerces en Francia una actividad profesional — incluso a tiempo parcial — que no sea accesoria respecto a tu actividad española.

Criterio 4: Centro de Intereses Económicos Si la mayor parte de tus rentas, inversiones o participaciones está en Francia.


El Procedimiento CERFA 2042: El Formulario del Año de Salida

El año del traslado presentas una declaración de cierre (CERFA 2042) que cubre los ingresos del 1 de enero a la fecha de traslado del domicilio. Esta declaración incluye la nueva dirección española y la solicitud de transferencia al SIPNR.

Tras el traslado, las rentas de fuente francesa posteriores a la fecha de salida se declaran directamente ante el SIPNR como no residente.


CSG/CRDS y la Excepción De Ruyter

La CSG/CRDS (17,2%) sobre rentas inmobiliarias francesas (alquileres y plusvalías inmobiliarias) sigue aplicándose a los no residentes, salvo que estén afiliados a la Seguridad Social de otro Estado UE/EEE (art. L136-8 IV del código de la seguridad social francés). Sobre dividendos, intereses y plusvalías de valores, un no residente no paga contribuciones sociales francesas; un residente en Francia paga por ellos el 18,6 % desde el 1 de enero de 2026 (art. L136-8 I; impots.gouv.fr).

Si estás dado de alta en la Seguridad Social española (RETA como autónomo o como asalariado), puedes solicitar que se aplique únicamente el Prélèvement de Solidarité (7,5%) en lugar de la CSG/CRDS completa (17,2%). El ahorro es de 9,7 puntos porcentuales sobre las rentas inmobiliarias francesas.


BMC: Coordinación Bilateral France-España

Somos el punto de contacto único para todo el procedimiento: radiation fiscale DGFiP + residencia fiscal española AEAT. Una sola tarifa, dos administraciones gestionadas.

Lo que viene después

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Asesoramiento corporativoDesde la constitución hasta la venta de la empresa: acompañamos a los empresarios en cada etapa del ciclo de vida de su negocio.
Asesoramiento jurídico integralDerecho mercantil, laboral, compliance y protección de datos: un equipo jurídico multidisciplinar para cubrir todas las necesidades de su empresa.
FAQ

Preguntas frecuentes

El art. 4 B del CGI considera domiciliado en Francia a quien cumpla cualquiera de estos tres criterios: tener en Francia su foyer o el lugar de su estancia principal (por regla general, más de seis meses en el año), ejercer en Francia una actividad profesional que no sea accesoria, o tener en Francia el centro de sus intereses económicos (BOFiP BOI-IR-CHAMP-10). Basta uno para seguir siendo residente francés, salvo que el desempate del art. 4.2 del Convenio te haga residente en España. El año de la salida eres residente en Francia del 1 de enero a la fecha de salida. Si ambos Estados te consideran residente, el art. 4.2 del Convenio de 1995 decide en este orden: vivienda permanente, centro de intereses vitales, estancia habitual, nacionalidad y, en último término, acuerdo entre las dos administraciones.
En Francia, sí: el año de salida presentas la declaración 2042 por las rentas del 1 de enero a la fecha de salida y el anexo 2042-NR por las rentas de fuente francesa imponibles en Francia desde la salida hasta el 31 de diciembre. En España no hay fraccionamiento: el período impositivo del IRPF es el año natural (art. 12 LIRPF) y eres residente todo el año si permaneces en España más de 183 días o radica aquí el núcleo de tus intereses económicos (art. 9 LIRPF); si no, ese año tributas como no residente. Si los dos Estados te consideran residente en el mismo período, se aplican los arts. 4 y 24 del Convenio.
El Service des impôts des particuliers non-résidents (SIPNR), dentro de la Direction des impôts des non-résidents (DINR), gestiona el impuesto sobre la renta de los no residentes con rentas francesas imponibles en Francia, el IFI y los expedientes de exit tax. Tu expediente pasa al SIPNR cuando presentas en el año siguiente la declaración de las rentas del año de salida. Dirección: SIPNR, 10 rue du Centre, TSA 10010, 93465 Noisy-le-Grand Cedex. Puedes escribir por la mensajería segura de tu espace particulier en impots.gouv.fr, por correo postal o llamar a la centralita +33 1 72 95 20 42 (de 9 a 16 h).
Para un no residente, las contribuciones sociales francesas se aplican a las rentas inmobiliarias y a las plusvalías inmobiliarias de fuente francesa, no a dividendos ni intereses. Desde el 1 de enero de 2019, quien esté afiliado a un régimen obligatorio de seguridad social de otro país del EEE o de Suiza (por ejemplo, de alta en la Seguridad Social española) está exento de CSG y CRDS y solo paga el prélèvement de solidarité del 7,5 %, en lugar del 17,2 % global. Se pide marcando las casillas 8SH o 8SI de la declaración 2042 C o, si no se hizo, con una reclamación al SIPNR; la afiliación debe existir a 31 de diciembre. El origen es la sentencia De Ruyter del TJUE (26-02-2015, asunto C-623/13).
La exit tax grava las plusvalías latentes de acciones y participaciones al trasladar el domicilio fiscal fuera de Francia si has sido residente francés al menos seis de los diez años anteriores y tus títulos valen 800.000 € o más, o representan al menos el 50 % de los beneficios de una sociedad. Si te trasladas a España, Estado de la UE, se aplica el aplazamiento automático (sursis de paiement): no pagas al salir. Para traslados desde 2019, el impuesto aplazado se condona si conservas los títulos dos años, o cinco si valen más de 2.570.000 €, salvo que antes los vendas. Obligaciones: declaración 2074-ETD el año siguiente a la salida y, cada año mientras dure el aplazamiento, la 2074-ETS o la simplificada 2074-ETSL.
Francia te grava como residente del 1 de enero a la fecha de salida y, después, solo por tus rentas de fuente francesa. España no fracciona el año: si cumples el art. 9 LIRPF eres residente todo el año natural (art. 12 LIRPF). Si los dos Estados te consideran residente en el mismo período, el art. 4.2 del Convenio decide dónde lo eres. Para las rentas que Francia puede seguir gravando como Estado de la fuente, por ejemplo alquileres de inmuebles en Francia, España deduce el impuesto francés con el límite del impuesto español sobre esas rentas (art. 24.2.a).

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre Radiation Fiscale Francia → España 2026 : Procedimiento DGFiP, SIPNR y Residencia Fiscal | BMC

El art. 4 B del CGI considera domiciliado en Francia a quien cumpla cualquiera de estos tres criterios: tener en Francia su foyer o el lugar de su estancia principal (por regla general, más de seis meses en el año), ejercer en Francia una actividad profesional que no sea accesoria, o tener en Francia el centro de sus intereses económicos (BOFiP BOI-IR-CHAMP-10). Basta uno para seguir siendo residente francés, salvo que el desempate del art. 4.2 del Convenio te haga residente en España. El año de la salida eres residente en Francia del 1 de enero a la fecha de salida. Si ambos Estados te consideran residente, el art. 4.2 del Convenio de 1995 decide en este orden: vivienda permanente, centro de intereses vitales, estancia habitual, nacionalidad y, en último término, acuerdo entre las dos administraciones.
En Francia, sí: el año de salida presentas la declaración 2042 por las rentas del 1 de enero a la fecha de salida y el anexo 2042-NR por las rentas de fuente francesa imponibles en Francia desde la salida hasta el 31 de diciembre. En España no hay fraccionamiento: el período impositivo del IRPF es el año natural (art. 12 LIRPF) y eres residente todo el año si permaneces en España más de 183 días o radica aquí el núcleo de tus intereses económicos (art. 9 LIRPF); si no, ese año tributas como no residente. Si los dos Estados te consideran residente en el mismo período, se aplican los arts. 4 y 24 del Convenio.
El Service des impôts des particuliers non-résidents (SIPNR), dentro de la Direction des impôts des non-résidents (DINR), gestiona el impuesto sobre la renta de los no residentes con rentas francesas imponibles en Francia, el IFI y los expedientes de exit tax. Tu expediente pasa al SIPNR cuando presentas en el año siguiente la declaración de las rentas del año de salida. Dirección: SIPNR, 10 rue du Centre, TSA 10010, 93465 Noisy-le-Grand Cedex. Puedes escribir por la mensajería segura de tu espace particulier en impots.gouv.fr, por correo postal o llamar a la centralita +33 1 72 95 20 42 (de 9 a 16 h).
Para un no residente, las contribuciones sociales francesas se aplican a las rentas inmobiliarias y a las plusvalías inmobiliarias de fuente francesa, no a dividendos ni intereses. Desde el 1 de enero de 2019, quien esté afiliado a un régimen obligatorio de seguridad social de otro país del EEE o de Suiza (por ejemplo, de alta en la Seguridad Social española) está exento de CSG y CRDS y solo paga el prélèvement de solidarité del 7,5 %, en lugar del 17,2 % global. Se pide marcando las casillas 8SH o 8SI de la declaración 2042 C o, si no se hizo, con una reclamación al SIPNR; la afiliación debe existir a 31 de diciembre. El origen es la sentencia De Ruyter del TJUE (26-02-2015, asunto C-623/13).
La exit tax grava las plusvalías latentes de acciones y participaciones al trasladar el domicilio fiscal fuera de Francia si has sido residente francés al menos seis de los diez años anteriores y tus títulos valen 800.000 € o más, o representan al menos el 50 % de los beneficios de una sociedad. Si te trasladas a España, Estado de la UE, se aplica el aplazamiento automático (sursis de paiement): no pagas al salir. Para traslados desde 2019, el impuesto aplazado se condona si conservas los títulos dos años, o cinco si valen más de 2.570.000 €, salvo que antes los vendas. Obligaciones: declaración 2074-ETD el año siguiente a la salida y, cada año mientras dure el aplazamiento, la 2074-ETS o la simplificada 2074-ETSL.
Francia te grava como residente del 1 de enero a la fecha de salida y, después, solo por tus rentas de fuente francesa. España no fracciona el año: si cumples el art. 9 LIRPF eres residente todo el año natural (art. 12 LIRPF). Si los dos Estados te consideran residente en el mismo período, el art. 4.2 del Convenio decide dónde lo eres. Para las rentas que Francia puede seguir gravando como Estado de la fuente, por ejemplo alquileres de inmuebles en Francia, España deduce el impuesto francés con el límite del impuesto español sobre esas rentas (art. 24.2.a).
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