Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las operaciones de distribución de agua y el ciclo integral (captación, suministro, potabilización, distribución, alcantarillado y depuración) están sujetas al IVA. Se aplica el tipo reducido del 10% a las entregas de aguas aptas para alimentación humana, animal o riego, y a los servicios de recogida o tratamiento de aguas residuales y limpieza de alcantarillados.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2016. Todas las consultas con criterio sobre el tema confirman la sujeción al IVA del ciclo integral del agua y la aplicación del tipo reducido del 10% para los servicios de saneamiento y aguas aptas para consumo o riego.
Análisis basado en 13 de 13 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.