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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre régimen de grupo de entidades

8 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «régimen de grupo de entidades», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 8 consultas · 2015–2024

Criterio vigente

Para aplicar el régimen de grupo de entidades, la entidad dominante debe poseer control efectivo sobre las dependientes mediante una participación superior al 50% en el capital o derechos de voto. El cumplimiento del vínculo financiero permite presumir la existencia de los vínculos económicos y organizativos, salvo prueba en contrario. En cuanto al IVA, las cuotas de bienes y servicios relacionados con operaciones intragrupo se deducen según la prorrata del sector diferenciado.

La posición de la DGT se mantiene constante respecto a los requisitos de control y la presunción de los vínculos económico y organizativo a partir del control financiero. Las consultas recientes se han desplazado hacia la aplicación técnica del régimen en aspectos específicos como la imputación de costes de bienes de inversión y la aplicación de la prorrata en el IVA.

Análisis basado en 7 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.

8 consultas

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