Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para excluir las operaciones de la prorrata de deducción por ser accesorias, deben cumplirse dos requisitos acumulativos. El cualitativo exige que las operaciones supongan una utilización muy limitada de bienes o servicios sujetos a IVA y guarden relación con la actividad principal. El cuantitativo establece que las operaciones no deben ser más importantes que la actividad principal, independientemente de la magnitud de los ingresos.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tiempo. Desde 2016, la administración aplica de forma sistemática los mismos requisitos cualitativos y cuantitativos para determinar la accesoriedad. No se observan cambios en la doctrina, sino una aplicación reiterada de los criterios de relación con la actividad principal y limitación de medios.
Análisis basado en 12 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.