Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Es posible emitir facturas recapitulativas que agrupen distintas operaciones realizadas para un mismo destinatario siempre que estas se hayan efectuado dentro de un mismo mes natural. Si el destinatario es empresario o profesional, la factura debe expedirse antes del día 16 del mes siguiente al de las operaciones. Si el destinatario es un particular, la factura debe emitirse como máximo el último día del mes natural en que se produjeron las operaciones.
La posición de la DGT se mantiene constante en la posibilidad de agrupar operaciones de un mismo mes natural en una sola factura para un mismo destinatario. La evolución se centra en la precisión de los plazos de expedición según la condición del destinatario (empresario o particular). Las consultas de 2023 y 2024 consolidan los límites temporales y los requisitos de desglose.
Puntos de inflexión
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Permite la sustitución de la anotación individualizada por asientos resúmenes si las facturas tienen la misma fecha y el devengo ocurre en el mismo mes natural.
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Establece que las facturas recapitulativas de operaciones de distintas fechas deben expedirse, como máximo, el último día del mes natural o antes del día 16 del mes siguiente si el destinatario es empresario.
Análisis basado en 8 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 30 de septiembre de 2026.