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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre mercado primario

9 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «mercado primario», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 9 consultas · 2014–2021

Criterio vigente

Las operaciones de mercado primario, como las ampliaciones de capital mediante la emisión de acciones nuevas, no están sujetas a las reglas de exención o de elusión del artículo 108 de la LMV (o su equivalente en el TRLMV). Esto se debe a que dicho precepto regula exclusivamente las transmisiones de valores realizadas en el mercado secundario. En el ámbito del IVA, la emisión de acciones para incrementar el patrimonio no constituye una prestación de servicios a título oneroso.

La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. Desde 2014 hasta 2021, la administración ha reiterado que el régimen del artículo 108 de la LMV es inaplicable a las operaciones de mercado primario. No se observan cambios ni matizaciones en la interpretación de la naturaleza de estas operaciones.

Análisis basado en 9 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.

9 consultas

V1625-17 22 jun 2017

La ampliación de capital para reducir deuda no está sujeta al IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
ampliación de capitalprestación de servicioscompensación de créditosmercado primariosujeción al impuesto LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 4.1LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 4.2
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