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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre entidades públicas

9 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «entidades públicas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 9 consultas · 2014–2021

Criterio vigente

El fletamento de aeronaves para uso exclusivo de entidades públicas en funciones públicas está exento de IVA. El transporte de enfermos o heridos en vehículos adaptados también goza de exención. No obstante, el transporte de órganos tributa al 21% y el transporte de personal sanitario o junto con órganos tributa al 10%.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la aplicación de exenciones para aeronaves y vehículos de entidades públicas en funciones públicas. Se han precisado los límites de la exención, distinguiendo claramente entre el transporte de enfermos (exento) y el de órganos o personal (sujeto).

Puntos de inflexión

  1. V1667-14

    Establece que el transporte de órganos no es una operación de asistencia sanitaria exenta, sino que tributa al 21% por no ser transporte de enfermos.

Análisis basado en 8 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 30 de septiembre de 2026.

9 consultas

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