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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre calificación energética

7 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «calificación energética», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 8 consultas · 2023–2025

Criterio vigente

Para la deducción por rehabilitación energética, es necesario acreditar una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% o alcanzar una calificación de clase 'A' o 'B'. Se requiere un certificado expedido antes del inicio de las obras, válido si no han pasado más de dos años desde su emisión, y un certificado posterior a la obra. Los certificados deben cumplir con el Real Decreto 390/2021.

La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de acreditar la mejora mediante certificados que cumplan el Real Decreto 390/2021. Se confirma la validez de los certificados previos de hasta dos años de antigüedad y la necesidad de demostrar el salto cualitativo en el consumo o la calificación energética.

Puntos de inflexión

  1. V0524-23

    Establece que los certificados deben estar expedidos y registrados según el Real Decreto 390/2021 para ser válidos.

Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 13 de octubre de 2026.

7 consultas

V0678-24 15 abr 2024

No se puede acreditar la mejora de eficiencia energética sin el certificado posterior a la obra

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
deducción por obras de rehabilitacióneficiencia energéticacertificado de eficiencia energéticaconsumo de energía primaria no renovablecalificación energética LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. Disposición adicional 50ªLGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
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V1763-23 19 jun 2023

No se puede aplicar la deducción por eficiencia energética sin el certificado previo a las obras

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
deducción por eficiencia energéticacertificado de eficiencia energéticarehabilitación energéticavivienda habitualconsumo de energía primaria no renovable LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. Disposición adicional 50ªLGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular
V1732-23 15 jun 2023

La fecha de finalización de las obras para la deducción por eficiencia energética es una cuestión de hecho

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
deducción por eficiencia energéticacertificado de eficiencia energéticaobras de rehabilitaciónconsumo de energía primaria no renovablecalificación energética LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. Disposición adicional 50ªLGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
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