Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los empresarios pueden elegir entre el formato papel o electrónico para la expedición de facturas. El medio elegido debe garantizar la autenticidad del origen, la integridad del contenido y la legibilidad, permitiendo el acceso a la Administración sin demora. No es necesaria la conservación de copias en papel de facturas recibidas electrónicamente o digitalizadas.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de garantizar la autenticidad, integridad y legibilidad de las facturas. A lo largo de las consultas, se ha precisado que la autenticidad puede acreditarse mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluyendo controles de gestión que creen una pista de auditoría fiable. La doctrina ha integrado la validez de formatos como el PDF y la posibilidad de prescindir de soportes físicos mediante la digitalización.
Puntos de inflexión
-
Se establece que la digitalización certificada permite prescindir de los originales en papel siempre que se garanticen la autenticidad, integridad y legibilidad.
-
Se confirma que las facturas en PDF recibidas por correo electrónico tienen consideración de factura electrónica y que el uso de firma digital no es obligatorio.
Análisis basado en 27 de 28 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.