El Real Decreto 161/2026 amplía los medios patrimoniales traspasados a Castilla-La Mancha por el Real Decreto 3296/1983, conforme a la disposición transitoria 5 del Estatuto de Cultura y Ocio. La efectividad del traspaso se produce a partir del 3 de marzo de 2026, fecha de publicación en el DOCM. Este cambio permite que la Comunidad Autónoma acceda a un mayor número de bienes inmuebles para su gestión cultural.
Aplica a este perfil
Consulta tu situacion concreta con el equipo.
Aplica a este perfil
Consulta tu situacion concreta con el equipo.
Aplica a este perfil
art. 1
Para la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se amplía el patrimonio cultural disponible para su gestión, favoreciendo la preservación y promoción de bienes culturales. Las administraciones regionales pueden mejorar su capacidad de intervención en el ámbito cultural. Los asesores de políticas culturales deben actualizar sus informes sobre el patrimonio asignado. No hay impacto directo en empresas o particulares.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
El equipo administrativo revisa tu situación concreta.