La Resolución del Banco de España publica los nuevos tipos de cambio del euro efectivos el 30 de enero de 2026, aprobados por el Banco Central Europeo, que ahora tienen efecto oficial según el artículo 36 de la Ley 46/1998 (cite: art. 36). Estos cambios afectan a todas las operaciones de conversión de divisas en España y en el extranjero, y deben ser utilizados como referencia oficial en contratos, pagos y tasas de cambio.
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art. 36
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Los empresarios, particulares y administraciones que realicen operaciones de cambio de divisas deben actualizar sus cálculos y contratos con los nuevos tipos oficiales. Los comerciantes y servicios financieros corren el riesgo de errores si usan tasas anteriores. Los asesores deben comunicar estos cambios a sus clientes para evitar desviaciones en precios o pagos. Las empresas multinacionales deben revisar sus sistemas de cálculo de costes y ganancias.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar cálculos de tasas de cambio a los nuevos tipos oficiales | art. 36 |
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