La Presidencia de la AECID ha aceptado la renuncia voluntaria de la Fundación para el Desarrollo de la Enfermería (FUDEN) a su condición de Organización no Gubernamental para el Desarrollo (ONGD) Calificada (Resuelve Primero). La entidad, que ostentaba dicha calificación desde el 5 de noviembre de 2009, será dada de baja en el Registro de ONGD de la AECID, manteniendo su inscripción como ONGD (Resuelve Segundo).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Para la entidad FUDEN, la resolución supone la pérdida de la condición de ONGD Calificada especializada en el sector salud, lo que implica dejar de ostentar los derechos y beneficios asociados a dicha acreditación ante la AECID. La resolución no afecta a terceros interesados y se fundamenta en el derecho de desistimiento y renuncia de derechos previsto en el artículo 94 de la Ley 39/2015.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Interponer recurso de reposición (potestativo) o contencioso-administrativo contra la resolución | artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015 | 1 mes para reposición o 2 meses para contencioso desde el día siguiente a la notificación |
El equipo extranjeria revisa tu situación concreta.