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V5204-26 20 July 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterion in force
IVA · asistencia social

International sections may be VAT-exempt if essential for social assistance

A medical-humanitarian organisation asks whether services and goods received from its international sections abroad are subject to Spanish VAT. The DGT states that services are subject to Spanish VAT but may be exempt if essential for social assistance and the sections have a social character, whereas goods are not subject to VAT when made available outside Spain.

The question raised

Cuestión planteada Si las prestaciones de servicios recibidas de secciones internacionales están sujetas y exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como, sujeción al Impuesto de las entregas de bienes adquiridos cuya puesta a disposición se produce de fuera del territorio de aplicación de éste.

The DGT's ruling

Los servicios recibidos por la entidad, que es empresario, están sujetos al IVA al realizarse en territorio español. La exención por asistencia social se aplicará si los servicios son indispensables para la actividad y las secciones internacionales tienen la condición de establecimientos privados de carácter social. No se aplica la exención a la mera refacturación de gastos administrativos ajenos a programas de asistencia. Las entregas de bienes no están sujetas al IVA porque se ponen a disposición fuera del territorio de aplicación del impuesto.

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