An electricity retailer has queried whether amounts from the compensation mechanism (Royal Decree-Law 10/2022) should be included in the taxable base for the local public domain use tax. The Directorate-General for Taxes (DGT) has ruled that they shall not be included if the company demonstrates that such amounts are collected on behalf of third parties and do not constitute its own income.
Cuestión planteada Si los importes percibidos de los clientes por las entidades de comercialización de mercado libre de electricidad que les son liquidadas por el operador del mercado y el operador del sistema en aplicación del "mecanismo de compensación" regulado en el Real Decreto-ley 10/2022 deben formar parte de la base imponible de la tasa regulada en el artículo 24.1.c) del TRLRHL. Si no deben considerarse como ingresos a los efectos de quedar incluidos en la base de la tasa, bien porque (i) los ingresos facturados a los clientes en virtud del "mecanismo de compensación" son automáticamente detraídos a las empresas comercializadoras de modo que no pueden considerarse ingresos propios o (ii) porque las cantidades derivadas del "mecanismo de compensación" pueden considerarse como cantidades cobradas por cuenta de terceros.
La tasa del 1,5% se aplica sobre los ingresos brutos de facturación obtenidos como contraprestación por los servicios prestados. No se incluirán en estos ingresos las partidas o cantidades cobradas por cuenta de terceros que no constituyan un ingreso propio de la entidad. Si la comercializadora repercute el mecanismo de ajuste en la factura, deberá probar por cuenta de quién cobra esa partida y el importe por el que no es un ingreso propio.