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V2094-19 8 August 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Criterion in force
IS · aportaciones no dinerarias

Possibility of applying special non-cash contribution regime if participation and economic reasons are met

The DGT confirms that non-cash contributions from a family holding company to new Spanish resident companies may qualify under the special LIS regime, provided a minimum 5% ownership threshold is met and the receiving entity does not primarily engage in movable or immovable asset management, with valid economic justifications.

The question raised

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

The DGT's ruling

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad tras la operación. Además, en el caso de personas físicas, las participaciones aportadas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada, la cual no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, y deben poseerse ininterrumpidamente durante el año anterior. Finalmente, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos y no a la mera búsqueda de una ventaja fiscal.

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