Skip to content
Back to index
V1120-20 28 April 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Criterion in force
IS · aportación no dineraria

Non-cash contributions may qualify under LIS special regime

A taxpayer asks whether contributions of shares from a Spanish company to another Spanish resident entity may benefit from the LIS special regime. The DGT states that this is possible if the required shareholding percentages are met and if the transaction has valid economic motives, not merely fiscal ones.

The question raised

Cuestión planteada Si es posible aplicar a la operación descrita el régimen previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, sobre el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea.

The DGT's ruling

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente. El aportante debe poseer las participaciones ininterrumpidamente durante el año anterior y mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora tras la operación. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

Email
Contact