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V0777-20 7 April 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterion in force
IRPF · rendimientos del trabajo

Settlement from judicial conciliation taxed as employment income and not exempt

A self-employed individual, following a dismissal, inquired whether the amount obtained through a judicial conciliation is tax-exempt. The DGT ruled that, as the proceedings recognised an employment relationship, the income constitutes employment income and does not qualify for exemption since the unfairness of the dismissal was not formally recognised.

The question raised

Cuestión planteada Tributación de los ingresos obtenidos en conciliación judicial.

The DGT's ruling

Los ingresos percibidos en una conciliación judicial tras un despido se califican como rendimientos del trabajo derivados de la extinción de la relación laboral. No procede la exención del artículo 7 e) de la LIRPF porque la improcedencia del despido no fue reconocida expresamente en el acto de conciliación ni mediante resolución judicial. El importe estará sujeto a tributación, pudiendo aplicarse la reducción del 30 por ciento por rendimientos irregulares si se cumplen los requisitos del artículo 18.2 de la LIRPF.

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