Extinción de filial marroquí: deterioro de créditos entre vinculadas y no vinculadas, renta negativa en IS por disolución (consulta paralela a V2519-24)
Technical details
Summary
Mismo supuesto que V2519-24: socios A (22,5%) y B (45%) de filial marroquí X extinguida consultan por la deducibilidad del deterioro de créditos y el tratamiento de la renta en la disolución. La DGT replica el mismo criterio: A puede deducir bajo art. 13.1 LIS si cumple requisitos; B, como vinculada, solo si X está en concurso con liquidación judicial. Ambas integran la diferencia entre valor de mercado recibido y valor fiscal de la participación anulada (art. 17.8 LIS), con deducibilidad de rentas negativas minorada por dividendos previos (art. 21.8 LIS).