Indemnización por transacción global derivada de ERE: no aplica la reducción del 30% del art. 18.2 LIRPF al nacer el derecho ex novo con el acuerdo transaccional
Technical details
Summary
Una trabajadora percibió una cantidad adicional denominada 'indemnización por transacción global' en virtud de un acuerdo transaccional homologado por el Tribunal Supremo en 2022, derivado de un ERE de 2019. La DGT concluye que la reducción del 30% del art. 18.2 LIRPF no resulta aplicable porque el derecho a percibir dicha cantidad nace ex novo con el acuerdo transaccional, sin que pueda apreciarse período de generación superior a dos años.