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V1277-19 ·5 June 2019 ·consulta-vinculante Medium impact
Tax

No se puede reintroducir en un depósito fiscal producto con impuesto devengado para enviarlo en régimen suspensivo

Una entidad consultante pregunta si puede recibir bebidas alcohólicas como destinatario registrado y luego enviarlas en régimen suspensivo desde un depósito fiscal a una tienda libre de impuestos. La DGT responde que, aunque las bebidas pueden circular con precintas adheridas, no es posible reintroducir productos con el impuesto ya devengado en un depósito fiscal para su posterior envío en régimen suspensivo dentro de España.

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2019-06-05PublishedPublished in the BOE
Official text Based on BOE data (boe.es). Information, not advice.

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This analysis is informational only and does not constitute legal advice or create a client-adviser relationship. BM Consulting.
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