Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las subvenciones no reintegrables se imputan fiscalmente siguiendo la normativa contable (NRV 18ª del PGC), ya que la LIS no establece correcciones. Su reconocimiento depende de la finalidad: si es para asegurar rentabilidad o compensar déficit, se imputan cuando se conceden. En el modelo 347, deben declararse si el importe anual de la Administración Pública supera los 3.005,06 euros.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto al tratamiento contable y la obligación de declarar en el modelo 347. Se ha mantenido la distinción entre ayudas vinculadas a la actividad económica y prestaciones de carácter laboral, las cuales quedan excluidas del modelo 347.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.