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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre devolución de cuotas soportadas

10 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «devolución de cuotas soportadas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 10 consultas · 2015–2024

Criterio vigente

Los empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto pueden solicitar la devolución de cuotas soportadas en la Comunidad mediante el modelo 360. La AEAT actúa únicamente como gestora de la recepción y envío de la solicitud al Estado miembro correspondiente. La responsabilidad de tramitar el expediente y decidir sobre la devolución recae exclusivamente en el Estado miembro de destino conforme a la Directiva 2008/9/CE.

La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto al procedimiento de recuperación de cuotas soportadas en otros Estados miembros. Las consultas confirman que la gestión recae en el Estado miembro de destino y que el uso del modelo 360 es el mecanismo previsto. No se observan cambios doctrinales, sino la aplicación del mismo marco normativo a distintos supuestos de hecho.

Análisis basado en 8 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

10 consultas

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