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V1435-20 14 May 2020 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterion in force
IVA · exención

VAT exemption on vehicles for NATO members does not require diplomatic registration

A member of the NATO Forces has enquired whether a vehicle must be registered under a diplomatic regime to qualify for VAT exemption. The DGT has clarified that the exemption is not tied to diplomatic registration, but rather to recognition by the AEAT and proof of intended use.

The question raised

Cuestión planteada El consultante matriculó el vehículo en régimen particular y se cuestiona si la exención del artículo 22.Ocho de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido condiciona su aplicación a la matriculación en régimen diplomático.

The DGT's ruling

La exención de IVA para las entregas de vehículos a motor destinados a miembros de la Fuerza de la OTAN y sus dependientes, siempre que sea su vehículo particular, no está condicionada a la necesidad de matricular el vehículo en régimen diplomático. No obstante, la aplicación de dicha exención está condicionada a la obtención de un certificado que acredite el uso del vehículo y al posterior reconocimiento de su procedencia por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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