Consultor que inicia clases particulares exentas de IVA: debe aplicar régimen de deducción en sectores diferenciados cuando las actividades pertenecen a grupos CNAE distintos y el porcentaje de deducción difiere en más de 50 puntos
Technical details
Summary
Un consultor con actividad sujeta y no exenta de IVA que comienza a impartir clases particulares sobre materias del sistema educativo (exentas conforme al art. 20.Uno.10º LIVA) consulta cómo ejercer el derecho a la deducción. La DGT concluye que, al tratarse de actividades con grupos CNAE distintos y porcentajes de deducción que difieren en más de 50 puntos porcentuales, existen sectores diferenciados y debe aplicar por separado el régimen de deducciones de cada uno.