Transmisión de terreno rústico con caseta de riego a adquirente en REAGP: exenta de IVA sin posibilidad de renuncia ni inversión del sujeto pasivo; tributa por ITP
Technical details
Summary
Una persona física en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP) que adquiere a una sociedad un terreno rústico con una caseta de riego pregunta si la transmisión está exenta de IVA, si puede renunciarse a la exención y si aplica la inversión del sujeto pasivo. La DGT concluye que la operación está exenta por el art. 20.Uno.20 LIVA, que no procede la renuncia porque el comprador no puede deducir cuotas en el REAGP y que tampoco aplica la inversión del sujeto pasivo, quedando la operación sujeta a ITP.