El umbral de 22.000€ para declarar el IRPF computa los rendimientos íntegros del trabajo sin aplicar la reducción del 30% por atrasos de pensión
Technical details
Summary
La consultante recibió en 2023 atrasos de pensión de incapacidad total reconocidos por sentencia judicial (16.281,34€) con derecho a la reducción del 30% del art. 18.2 LIRPF. La DGT aclara que el umbral de 22.000€ del art. 96.2.a) LIRPF opera sobre los rendimientos íntegros sin aplicar reducción alguna, por lo que la obligación de declarar se determina sobre el importe bruto. Adicionalmente, la DGT modifica su criterio anterior y acepta la doctrina del TEAC: la reducción del art. 18.2 LIRPF sí es aplicable a pensiones reconocidas por sentencia que abarquen un periodo de generación superior a dos años.