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V3219-15 21 October 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterion in force
IVA · mediación

Online mediation services for the sale of goods are not considered services provided by electronic means

A company based in the Canary Islands sought clarification on whether its platform for peer-to-peer sales of goods constituted a service provided by electronic means. The DGT has determined that it is a mediation service acting on behalf of others, subject to VAT according to the rules of place of supply.

The question raised

Cuestión planteada Calificación de la operación como un servicio prestado por vía electrónica y sujeción al IVA o al IGIG.

The DGT's ruling

El servicio de mediación realizado a través de internet no debe calificarse como servicio prestado por vía electrónica. Al actuar la consultante en nombre y por cuenta de sus clientes, se trata de una prestación de servicios de mediación. Si el destinatario es un particular, el servicio se entiende prestado en el territorio de aplicación del IVA siempre que las operaciones de compraventa se localicen en dicho territorio. En este caso, la comisión debe tributar al tipo general del 21%.

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