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V1646-17 26 June 2017 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterion in force
IVA · importación de bienes

Importing a vehicle from Ceuta to EU territory is subject to VAT and import duties

An individual who moved their residence to Ceuta wishes to sell their vehicle in mainland Spain. The DGT has determined that the entry of the vehicle is considered an import of goods subject to VAT and import duties.

The question raised

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de la previa importación del vehículo para poderlo vender en el territorio de aplicación del impuesto.

The DGT's ruling

La introducción de un vehículo procedente de un territorio tercero, como Ceuta, se considera una importación de bienes sujeta a IVA. La exención por reimportación solo aplica si se cumplen requisitos específicos, incluyendo que la reimportación esté exenta o no sujeta de derechos de importación. En este caso, el vehículo perdió su estatuto de mercancía de la Unión al salir del territorio aduanero y no puede acogerse a la exención por haber superado el plazo de tres años.

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