El financiador de espectáculos solo puede aplicar las deducciones previstas en la LIS, no las de normativa foral
Technical details
Summary
Una sociedad en territorio común consulta si puede aplicar la deducción por financiar espectáculos que generan derecho a deducción según la normativa foral de Vizcaya. La DGT responde que el mecanismo de traslado de deducciones del artículo 39.7 de la LIS solo es aplicable a las deducciones previstas en los artículos 36.1 y 36.3 de dicha ley.