Donación recibida por impatriado acogido al régimen Beckham: tributación por obligación personal en el ISD con independencia de la ubicación de los bienes
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Summary
Un residente en Canarias acogido al régimen especial de impatriados (art. 93 LIRPF) recibió una donación dineraria de un amigo no residente en España y preguntó cómo tributa en el ISD. La DGT responde que los acogidos al régimen Beckham mantienen la condición de residentes fiscales en España a todos los efectos, por lo que quedan sujetos al ISD por obligación personal, debiendo declarar la donación ante la Comunidad Autónoma donde más días hayan permanecido en los cinco años anteriores.