A taxpayer has queried whether the non-monetary contribution of shares from two entities to a Spanish company can qualify for the special regime for asset contributions and whether the economic reasons provided are valid. The DGT indicates that this is possible provided the requirements regarding shareholding, uninterrupted ownership, and the entities' business activities are met, and considers the economic reasons presented to be valid.
Cuestión planteada Si la operación de aportación no dineraria de las participaciones en las entidades A y B a la sociedad X podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.
Para aplicar el régimen especial del artículo 87 de la LIS, la entidad beneficiaria debe ser residente en España, el aportante debe mantener al menos un 5% de los fondos propios de la beneficiaria y las entidades aportadas no pueden tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. Además, las participaciones deben poseerse de forma ininterrumpida durante el año anterior a la aportación. Los motivos de centralización de gestión, aumento de solvencia, aislamiento de riesgos, reinversión de beneficios y planificación del relevo generacional se consideran motivos económicos válidos, siempre que la operación no tenga como fin principal el fraude o la evasión fiscal.
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