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V1412-22 16 June 2022 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterion in force
IVA · prestación de servicios

Provision of advisory services to a third party may be subject to VAT if effective use or exploitation occurs in Spain

A taxpayer has enquired whether advisory services provided to a company in a non-EU country should be invoiced with VAT. The DGT explains that, although the general rule is non-taxability, the service could be subject to tax if its effective use or exploitation takes place within Spanish territory.

The question raised

Cuestión planteada Conocer la tributación de la operación en el Impuesto sobre el Valor Añadido y, concretamente, si la mercantil del consultante debe facturar a la entidad localizada en un país tercero por dicho servicio.

The DGT's ruling

Los servicios de asesoramiento prestados a un empresario de un país tercero no están sujetos al IVA si su sede no está en España. No obstante, según el artículo 70.Dos de la Ley 37/1992, se considerarán prestados en España si su utilización o explotación efectivas se realizan en este territorio. Para determinar esto, se debe analizar si las operaciones relacionadas con el servicio se localizan en España y si existe una relación directa o indirecta con la prestación.

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