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V0176-15 20 January 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterion in force
IVA · mediación en nombre ajeno

Mediation services on behalf of third parties may be subject to VAT if effectively used for transactions in Spain

A consultant acts as an intermediary for a US entity providing electronic services to businesses in Spain. The DGT examines whether the mediation services performed by the consultant should be taxed in Spain.

The question raised

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de la factura que expide a su cliente.

The DGT's ruling

Los servicios de mediación en nombre y por cuenta ajena prestados a un destinatario no establecido en España están sujetos a IVA si se cumplen los requisitos del artículo 70.Dos de la Ley 37/1992. Esto ocurre cuando el servicio se utiliza o explota efectivamente en el territorio nacional para realizar operaciones que sí se consideran localizadas en España. En este caso, la entidad estadounidense usa la mediación para prestar servicios electrónicos a clientes empresarios en territorio español.

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