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V3845-15 2 December 2015 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Criterion in force
IRPF · mutualidad de previsión social

Amounts from the liquidation of a social welfare mutual fund are taxed as employment income

A taxpayer has enquired about the tax treatment of amounts received following the dissolution and liquidation of their social welfare mutual fund. The Directorate General for Taxes (DGT) rules that these amounts are classified as employment income and explains how to apply transitional tax regimes.

The question raised

Cuestión planteada Tratamiento fiscal correspondiente a la cantidades a percibir como consecuencia de la disolución y liquidación de la mutualidad de previsión social.

The DGT's ruling

Las cantidades percibidas por la liquidación de una mutualidad de previsión social son rendimientos del trabajo según el artículo 17.2.a).4ª de la Ley 35/2006. Para las aportaciones realizadas hasta 1998, se aplica el régimen de la disposición transitoria segunda, integrando el importe que exceda de las aportaciones no reducidas o, si no se pueden acreditar, el 75% de la prestación. Para las aportaciones hasta 2006, se puede aplicar la reducción del 40% si se percibe en forma de capital y han pasado dos años desde la primera aportación, siempre que se cumplan los plazos de la disposición transitoria duodécima.

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