Consultants inquired whether holding shares in a commercial entity allows for exemptions from Wealth Tax and reductions in Inheritance and Gift Tax. The DGT ruled that if the statutory requirements regarding management functions and minimum remuneration are not met, these tax benefits cannot be applied.
Cuestión planteada Cumplimiento del requisito de la letra d) del artículo 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991, de 6 de junio, a efectos de la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio. Si los donatarios de las participaciones de la entidad mercantil tendrían derecho a la reducción prevista en el artículo 20.6 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como de la reducción prevista en la Ley 13/1997 de la Comunidad Valenciana. Compatibilidad entre ambas reducciones. Inexistencia de ganancia o pérdida patrimonial para el donante conforme al artículo 33.3.c) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Para la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio, al menos uno de los miembros de un grupo de parentesco debe ejercer funciones directivas y percibir una remuneración superior al 50% de sus rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo personal. Si no se cumple este requisito de la letra c) del artículo 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991, no es posible aplicar la reducción del artículo 20.6 de la Ley 29/1987 en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ni la no sujeción a ganancia patrimonial en el IRPF. La reducción de la normativa autonómica valenciana es compatible con la estatal, pero su aplicación depende de sus propios órganos.