The inquirer asks whether the 40% tax reduction can be applied when withdrawing contributions made prior to 2007 due to long-term unemployment, and if it can be applied again upon retirement. The Directorate General for Taxes (DGT) confirms that the reduction is applicable under the transitional regime and that retirement constitutes a separate contingency, allowing for a subsequent application of the reduction.
Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la reducción del 40 por ciento a la cantidad percibida en forma de capital en el supuesto de desempleo de larga duración. Si en el mismo año puede realizar una aportación a otro plan de pensiones y si dicha aportación puede ser objeto de reducción en la base imponible del IRPF del consultante. Derecho a aplicar nuevamente la reducción del 40 por ciento a la prestación que perciba en forma de capital en un ejercicio futuro, a partir del acceso a la jubilación.
Las cantidades percibidas por desempleo de larga duración son rendimientos del trabajo y, si se perciben en forma de capital, permiten la reducción del 40% según la disposición transitoria duodécima de la Ley 35/2006. El supuesto de liquidez se entiende producido cuando se cumplen los requisitos para hacer efectivos los derechos consolidados. Una vez aplicada la reducción del 40%, el resto de cantidades percibidas en otros años tributarán sin dicha reducción. Al ser la jubilación una contingencia distinta, es posible aplicar nuevamente la reducción del 40% si se percibe la prestación en forma de capital.
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