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V0700-21 23 March 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterion in force
IRPF · deducción

Contributions to political parties made after losing membership status are not tax-deductible

A taxpayer inquired whether they could deduct both contributions made as a member and those made after cancelling their membership from their Personal Income Tax (IRPF). The Directorate General for Taxes (DGT) ruled that only fees and contributions from active members are deductible.

The question raised

Cuestión planteada Si tanto las aportaciones realizadas cuando era afiliado al partido político como las realizadas una vez ha causado baja en el mismo pueden ser objeto de deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

The DGT's ruling

Según el artículo 68.3 c) de la LIRPF y la Ley Orgánica 8/2007, la deducción se aplica a las cuotas y aportaciones de los afiliados. Por tanto, las aportaciones realizadas una vez que el contribuyente ha causado baja como afiliado no pueden ser objeto de deducción.

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